¿Qué ha cambiado en la ley de devolución y entrega de boletas?
Anteriormente, un votante sólo podía designar a un miembro de su familia o de su hogar para devolver su boleta de voto por correo. La ley de California permite ahora que cualquier persona devuelva la boleta de voto por correo de otro votante con la condición de que la persona que devuelva la boleta de otro votante no pueda recibir ninguna forma de compensación basada en el número de boletas devueltas.
¿La restricción de la compensación (basada en el número de boletas) sólo se aplica a los individuos?
La ley prohíbe que un individuo, grupo u organización proporcione una compensación a cualquier persona en función del número de boletas devueltas.
¿Qué se considera una compensación?
"Compensación" significa cualquier forma de dinero, bienes, servicios, beneficios, promesas, ofertas de empleo, o cualquier otra forma de consideración ofrecida a otra persona a cambio de devolver el voto por correo de otro votante.
¿Contará mi voto si mi boleta de voto por correo es devuelta por alguien a quien se le paga basado en del número de boletas devueltas?
No, se anulará toda boleta devuelta por una persona que reciba compensación.
¿Existe un límite en el número de boletas de voto por correo que puede devolver una persona que ha sido designada por los Votantes para devolver sus boletas?
No, no hay límite.
¿Debe indicarse en el sobre de la boleta quién la ha entregado?
Sí, el sobre de la boleta contiene una sección que debe ser rellenada por el votante indicando el nombre de la persona autorizada para devolverla, y la relación (si la hay) con el votante. La persona que devuelve la boleta debe firmar en esta sección.
¿Puede la persona que entrega la papeleta en nombre del Votante enviar la boleta por correo?
Sí, la persona que entrega la boleta en nombre del Votante puede enviar su boleta por correo. [EC§ 3017 (a)(2)], a partir del 1 de enero de 2019 (AB306).
¿Cómo puedo comprobar si estoy registrado para recibir una boleta de voto por correo?
Los votantes pueden comprobar su estado de voto por correo visitando el sitio web del Registro Electoral del Condado de Orange aquí.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre la votación por correo?
Los votantes pueden obtener más información sobre el voto por correo en el sitio web del Registro Electoral del Condado de Orange aquí.